Sección 1502 de la Ley Dodd-Frank: Pasado, presente y futuro
Es probable que conozca la presión por la transparencia y el aumento de la diligencia debida en las cadenas de suministro. Uno de los motores de esta presión proviene de una normativa aprobada en 2010 como parte de la Ley Dodd-Frank de Reforma de Wall Street y Protección al Consumidor.
La sección 1502 de la Ley Dodd-Frank exige a todas las empresas que informan a la Comisión de Bolsa y Valores (SEC) que revelen si sus productos contienen minerales procedentes de la República Democrática del Congo (RDC), o de alguno de sus países vecinos.
La normativa puso en marcha un esfuerzo de diligencia debida por parte de cientos de empresas para examinar toda su cadena de suministro a fin de determinar si alguno de sus productos contiene estaño, tantalio, tungsteno u oro (3TG). Las empresas están obligadas a presentar un formulario SD a la SEC y, si la diligencia debida revela la presencia de 3TG en sus productos, las empresas deben presentar un informe adicional sobre minerales de conflicto que describa la diligencia debida llevada a cabo para localizar el origen de los minerales.
La normativa se finalizó en 2012, y los primeros informes se presentaron en 2014. Desde 2014, entre 1.100 y 1.400 empresas han presentado formularios anuales a la SEC que describen los esfuerzos de diligencia debida realizados para localizar el origen de los minerales de sus productos.
En 2017, sin embargo, la SEC declaró que suspendería la aplicación de los requisitos de diligencia debida y auditoría de la normativa sobre minerales de conflicto. Significa esto que las empresas no deben preocuparse por los minerales de conflicto en sus cadenas de suministro? En absoluto. Los esfuerzos de transparencia en la cadena de suministro para los 3TG no van a desaparecer. A pesar de la relajación en la aplicación de la normativa por parte de la SEC, ésta sigue en vigor, y se espera que las empresas sigan presentando información sobre el origen de los minerales de sus productos. Además, Maryland, California y Oregón tienen regulaciones estatales que reflejan la Sección 1502 de la Ley Dodd-Frank.
Regulación de Minerales de Conflicto de la UE
Las empresas con cadenas de suministro globales deben ser conscientes de las medidas internacionales similares a la Sección 1502 de Dodd-Frank. En enero de 2021, entrará en vigor el Reglamento sobre minerales de conflicto de la Unión Europea (UE). Al igual que la Sección 1502 de la Ley Dodd-Frank, el reglamento de la UE se centra en los 3TG y exige a las empresas que revelen el origen de los minerales. A diferencia del artículo 1502 de la Ley Dodd-Frank, la disposición de la UE se aplica a los importadores de los minerales y no a las empresas de productos finales. Además, el reglamento de la UE no clasifica los minerales de conflicto únicamente como aquellos extraídos de la RDC y sus vecinos; en su lugar, el reglamento considera que los minerales de conflicto son aquellos procedentes de cualquier zona de conflicto o de alto riesgo. Los países de alto riesgo pueden incluir aquellos que tienen estructuras de gobierno débiles o inexistentes, o que tienen violaciones sistemáticas del derecho internacional, incluyendo abusos de los derechos humanos.
Por qué es importante
Las empresas en los EE.UU. deben seguir realizando la debida diligencia en sus cadenas de suministro. En particular, las empresas con requisitos de información a la SEC y 3TGs en sus productos deben seguir cumpliendo con los requisitos de divulgación obligatoria. Las empresas con sede en la UE, o con filiales en la UE, deben ser conscientes de los próximos requisitos de información de la UE. Aunque la ley de la UE sólo se aplica a los importadores con sede en la UE, las empresas de las fases anteriores y posteriores deben ser conscientes de los esfuerzos de diligencia debida que se requieren.
La sección 1502 de la Ley Dodd-Frank y el Reglamento similar de la UE sobre minerales de conflicto no serán el fin de la presión para lograr cadenas de suministro transparentes. A las empresas les interesa empezar a esforzarse por comprender y conocer el alcance de sus cadenas de suministro, incluso si los 3TG no están presentes. La presión por la transparencia no hará más que aumentar, tanto en Estados Unidos como a nivel internacional.
Karen Woody es profesora adjunta de Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de Washington y Lee, y está especializada en derecho de valores, regulación financiera y delitos de cuello blanco. Su experiencia en la normativa sobre minerales conflictivos la llevó a testificar ante el Comité de Servicios Financieros de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, y su trabajo sobre el tema ha sido ampliamente citado. Antes de su trabajo en el mundo académico, ejerció la abogacía en varios despachos, asesorando a clientes corporativos y particulares en cuestiones de cumplimiento normativo, fraude contable y de valores y corrupción internacional, entre otros temas.
Karen interviene en la conferencia Supply Chain Insight de Assent en noviembre de 2019. Para obtener más información sobre cómo puede unirse a ella y a otros líderes de la industria en Phoenix, AZ, visite el sitio web oficial del evento.
Por Karen Woody
Profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Washington & Lee
- Minerales en conflicto
- Minerales responsables
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