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Información general:
Si no puede presentar su declaración de impuestos sobre la renta de las personas físicas de Carolina del Norte, Formulario D-400, en la fecha de vencimiento original de la declaración, puede solicitar una prórroga de seis meses para presentar la declaración. La fecha de vencimiento original de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas para los contribuyentes del año natural es el 15 de abril. Para los contribuyentes con un año fiscal, la fecha de vencimiento original de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas es el decimoquinto día del cuarto mes siguiente al cierre del año fiscal.
Un contribuyente al que se le conceda una prórroga automática para presentar una declaración del impuesto sobre la renta federal se le concederá una prórroga automática para presentar la correspondiente declaración del impuesto sobre la renta de Carolina del Norte. Para recibir una prórroga estatal automática, el contribuyente debe certificar en la declaración de impuestos de Carolina del Norte que se le concedió una prórroga federal automática.
Un contribuyente al que no se le conceda una prórroga automática para presentar una declaración de impuestos federales sobre la renta debe presentar el formulario D-410, Solicitud de prórroga para presentar la declaración de impuestos individuales sobre la renta, antes de la fecha de vencimiento original de la declaración para recibir una prórroga a efectos del impuesto sobre la renta de Carolina del Norte. Sin una prórroga válida, una declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas presentada después de la fecha de vencimiento original es morosa y está sujeta a intereses y a todas las sanciones aplicables previstas por la ley.
No está obligado a enviar un pago del impuesto que espera deber para recibir una prórroga; sin embargo, le beneficiará pagar todo lo que pueda antes de la fecha de vencimiento original. Se puede conceder una prórroga incluso si la solicitud de prórroga no va acompañada del pago del impuesto adeudado. Sin embargo, una prórroga para presentar una declaración de impuestos no amplía el plazo para pagar el impuesto adeudado. Si no paga el importe del impuesto adeudado en la fecha de vencimiento original, deberá pagar un diez por ciento (10%) de multa por pago tardío e intereses. La multa por pago tardío no se deberá si usted paga por lo menos el 90 por ciento (90%) de su obligación tributaria a través de retenciones, pagos de impuestos estimados o con el Formulario D-410 antes de la fecha de vencimiento original.
Si su declaración está completa antes de la fecha de vencimiento original pero no puede pagar el impuesto que debe, no debe solicitar una prórroga. En su lugar, presente su declaración antes de la fecha de vencimiento original y pague todos los impuestos que pueda para minimizar las multas y los intereses adeudados. También debe solicitar una prórroga si espera un reembolso pero no puede presentar su declaración en la fecha de vencimiento original. No recibirá su reembolso hasta que presente su declaración de impuestos.
Prórroga por estar fuera del país
Si está obligado a presentar una declaración de impuestos individuales de Carolina del Norte y está fuera del país en la fecha de vencimiento original de la declaración, se le concede una prórroga automática de cuatro meses para presentar su declaración de impuestos individuales de Carolina del Norte si rellena el círculo «Fuera del país» en la página 1 del formulario D-400. «Fuera del país» significa que usted vive fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico y que su lugar principal de trabajo está fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico, o que está prestando servicio militar fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico. El plazo para el pago del impuesto también se extiende; sin embargo, se deben pagar intereses sobre cualquier impuesto no pagado desde la fecha de vencimiento original hasta que se pague el impuesto.
Si no puede presentar su declaración de impuestos sobre la renta dentro del período de prórroga automática de cuatro meses, se puede obtener una prórroga adicional de dos meses rellenando el círculo en la parte inferior derecha del Formulario D-410 o seleccionando «Y» en el indicador «Fuera del país en la fecha de vencimiento» en el creador de formularios personalizados del Departamento. Para recibir la prórroga adicional de dos meses, el formulario D-410 debe presentarse antes del 15 de agosto. Es importante destacar que un contribuyente al que se le concede una prórroga automática para presentar la correspondiente declaración del impuesto sobre la renta del Estado si certifica en la declaración del Estado que se le concedió la prórroga federal. En consecuencia, un contribuyente «fuera del país» al que se le haya concedido una prórroga automática de seis meses para presentar la declaración estatal del impuesto sobre la renta no tendrá que presentar el formulario D-410 para recibir la prórroga adicional de dos meses.
Presentación de una prórroga
Puede solicitar una prórroga en Carolina del Norte y pagar su impuesto en línea utilizando las siguientes opciones:
- eFile – Presente el Formulario D-410 y remita su pago de impuestos utilizando un profesional de impuestos o un software comercial de preparación de impuestos (vea la lista de proveedores aprobados de eFile). El uso de eFile le permite presentar los formularios federales y estatales al mismo tiempo o por separado. El eFile gratuito está disponible para aquellos que califican.
- Archivo y pago en línea – presente el Formulario D-410 y remita su pago de impuestos usando el sitio web del Departamento (no hay acceso a la presentación y pago federal).
Si no puede solicitar una prórroga y pagar su impuesto en línea o si desea presentar su prórroga en papel, puede crear un Formulario D-410 personalizado.